Estimadas y estimados socios:
Les informamos que, con fecha 24 de febrero de 2026, la Superintendencia de Pensiones dejó sin efecto las resoluciones dictadas en enero y fijó nuevos topes imponibles mensuales, vigentes a contar del 1 de febrero de 2026, para el cálculo de cotizaciones previsionales.
En particular:
- AFP, Salud y Ley de Accidentes del Trabajo: El tope imponible se ajusta de 89,9 UF a 90 UF
- Seguro de Cesantía: El tope imponible se incrementa de 135,1 UF a 135,2 UF
Estos nuevos valores rigen para las remuneraciones devengadas desde febrero de 2026 en adelante.
Dado lo anterior, es especialmente relevante que las empresas revisen y actualicen oportunamente los parámetros en sus sistemas de remuneraciones y cálculo de cotizaciones, a fin de evitar diferencias en los descuentos previsionales, eventuales reliquidaciones o contingencias administrativas posteriores.
Adjuntamos para su revisión:
